¿Has instalado paneles solares y te preguntas si debes comunicarlo a tu comercializadora eléctrica? La respuesta corta es sí, pero los detalles varían según el tipo de autoconsumo que tengas. En este artículo, te explicamos de forma clara y sencilla cuándo y cómo debes informar a tu comercializadora sobre tu instalación de autoconsumo solar.
¿Por qué es importante informar de tu autoconsumo a la comercializadora?
Informar a tu comercializadora sobre tu instalación de autoconsumo solar es esencial para:
- Legalizar tu instalación: Cumplir con la normativa vigente y evitar posibles sanciones.
- Acceder a compensaciones: Si tu instalación vierte excedentes a la red, podrás beneficiarte de la compensación simplificada.
- Actualizar tu contrato: Ajustar tu contrato de suministro eléctrico a tu nueva situación de autoconsumidor.
Si estás considerando instalar un sistema de autoconsumo, te recomendamos leer nuestra guía de instalación de autoconsumo solar para conocer todos los pasos y requisitos necesarios.
Modalidades de autoconsumo y obligaciones
El Real Decreto 244/2019 establece las modalidades de autoconsumo en España, cada una con sus particularidades y obligaciones:
1. Autoconsumo sin excedentes
En esta modalidad, toda la energía generada se consume en el momento, sin verter excedentes a la red eléctrica. Para ello, se instala un sistema anti-vertido que impide la inyección de energía sobrante.
Obligaciones:
- No es necesario solicitar permisos de acceso y conexión a la red.
- Debe notificarse a la comercializadora para que actualice el contrato de suministro, reflejando la nueva condición de autoconsumidor.
2. Autoconsumo con excedentes acogido a compensación
Aquí, la energía no consumida se vierte a la red y se compensa económicamente en la factura eléctrica. Es una opción común para instalaciones de hasta 100 kW.
Obligaciones:
- Requiere la firma de un contrato de compensación de excedentes con la comercializadora.
- Es necesario registrar la instalación en el registro autonómico correspondiente.
- La comercializadora debe ser informada para ajustar el contrato y aplicar la compensación adecuada.
3. Autoconsumo con excedentes no acogido a compensación
En esta modalidad, los excedentes se venden directamente en el mercado eléctrico. Suele ser utilizada por instalaciones de mayor tamaño o por quienes prefieren vender la energía sobrante.
Obligaciones:
- Es obligatorio inscribirse en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIPRE).
- Se debe establecer un contrato de representación en el mercado eléctrico.
- La comercializadora debe ser informada para gestionar adecuadamente la venta de excedentes.
Lo que necesitas
Para profundizar en la normativa vigente, puedes consultar nuestro artículo sobre normativa de autoconsumo solar actualizada, o, si lo prefieres, puedes llamarnos y te resolvemos las dudas que tengas y te ayudamos a encontrar el autoconsumo que necesitas.
Pasos para informar a tu comercializadora
Una vez que has instalado y legalizado tu sistema de autoconsumo, es fundamental comunicarlo a tu comercializadora para que actualicen tu contrato y, en su caso, gestionen la compensación de excedentes. A continuación, te detallamos los pasos a seguir:
- Contacta con tu comercializadora: Informa sobre tu nueva instalación de autoconsumo y solicita la modificación del contrato de suministro.
- Proporciona la documentación necesaria: Esto incluye el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), el registro autonómico de la instalación y, si aplica, el contrato de compensación de excedentes.
- Firma de nuevos contratos: Dependiendo de la modalidad de autoconsumo, puede ser necesario firmar nuevos contratos o anexos que reflejen tu condición de autoconsumidor.
- Confirmación de la comercializadora: Una vez procesada la información, la comercializadora te confirmará la actualización de tu contrato y, si corresponde, la aplicación de la compensación por excedentes.
Para una guía más detallada sobre el proceso de contratación, visita nuestro artículo sobre cómo contratar autoconsumo solar.
Consecuencias de no informar a la comercializadora
No comunicar tu instalación de autoconsumo puede tener varias consecuencias:
- Sanciones: Por incumplimiento de la normativa.
- Pérdida de beneficios: No podrás acceder a compensaciones ni a ciertas subvenciones.
- Problemas contractuales: Tu contrato de suministro podría no reflejar tu situación real.
Preguntas frecuentes sobre informar a la comercializadora del autoconsumo solar
¿Cuánto tiempo tarda la comercializadora en actualizar mi contrato?
▲El tiempo puede variar según la comercializadora, pero generalmente, una vez recibida toda la documentación, el proceso puede completarse en unas pocas semanas.
¿Qué es el Código de Autoconsumo (CAU) y cómo se obtiene?
▼El CAU es un código que identifica tu instalación de autoconsumo. Se solicita a la distribuidora eléctrica una vez que tu instalación está legalizada.
¿Puedo cambiar de comercializadora después de instalar paneles solares?
▼Sí, puedes cambiar de comercializadora en cualquier momento. Asegúrate de que la nueva comercializadora esté informada sobre tu instalación de autoconsumo y que actualice tu contrato en consecuencia.